“Soy autónoma y quiero hacer una donación a una ONG ¿Qué ventaja fiscal tengo?”

 
Descubre las diferencias entre la reducción del pago de impuestos si los donativos los realiza un autónomo o una PIME.  
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Descubre las diferencias entre la reducción del pago de impuestos si los donativos los realiza un autónomo o una PIME.

 
Realizar donativos es una práctica más o menos extendida con la que se pueden obtener ventajas fiscales. Concretamente en la declaración del IRPF o del Impuesto de Sociedades, aunque hay que tener en cuenta que no serán un gasto deducible, sino que significará una deducción en la cuota de estos impuestos. Otra salvedad importante es que la organización debe estar dentro del régimen fiscal de las entidades sin fines de lucro y de incentivos fiscales de mecenazgo.

¿Qué pasa si la donación la hace un autónomo y tributa por el IRPF? Pues en los primeros 150€ de donación la deducción será del 75%, pero de ahí en adelante se deducirá el 30% o 35% del resto. Además hay que señalar que la base sobre la que se aplique la deducción nunca superará el 10% de la base liquidable del IRPF.

El caso de las empresas (Impuesto de Sociedades) es distinto, ya que lo que se deducirá será sobre la cuota íntegra de la deducción aplicando un 35% aunque podría llegar al 40%. En cualquier caso, no se podrá superar el 10% de la base imponible y la cantidad sobrante de este 10% podrá aplicarse hasta en los 10 ejercicios posteriores, hecho que no sucede con las donaciones realizadas por autónomos.
 
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